Firma Digital en Salud - “El salto tecnológico para la seguridad de la HCD”
Antes
de adentrarnos en los beneficios que la firma digital aporta a la
informatización digital de los documentos de salud, detallamos
algunos conceptos estipulados por la ley de firma digital y modificaciones posteriores:
Presunción
de autoría.
Se presume, salvo prueba en contrario, que toda firma digital pertenece al
titular del certificado digital que permite la verificación de dicha firma.
Presunción
de integridad. Si el resultado de un procedimiento de
verificación de una firma digital aplicado a un documento digital es verdadero,
se presume, salvo prueba en contrario, que este documento digital no ha sido
modificado desde el momento de su firma.
También
detalla otros conceptos referidos a la Validez de la FD, la identificación del
remitente y el estatus de original a un documento digital con FD.
La
FD es el componente que permite automatizar, digitalizar y eficientizar los
procesos de atención de la salud de los ciudadanos con el sustento legal
correspondiente.
Digitalizar no
significa que un documento escrito en papel sea escaneado y visualizado desde
un dispositivo e identificado por algún mecanismo de indexación, significa
generar a partir de la atención médica
un documento digital en el cual se puede volcar la evolución de un paciente
cerrando el mismo con una firma digital, teniendo este documento digital el mismo valor legal que el realizado
manualmente y sellado en forma hológrafa.
A los documentos que se generen por medio de un
dispositivo electrónico, les estaba faltando el anclaje legal
que la firma digital y su guarda (por un período de 10 años) le brindan acorde
a lo establecido por ley, permitiendo a
partir de este hecho eliminar los documentos en papel.
Hoy
es una realidad la siguiente secuencia: el
profesional de la salud recibe a un paciente, realiza la atención médica,
identifica el/los diagnósticos y realiza distintas indicaciones al paciente,
todo esto por medio de una Historia
Clínica Digital que permite la prescripción electrónica generando un
documento CDA asociado a cada uno de
estos pasos y los firma digitalmente por medio de su identidad digital, los
sellos de atributos y tiempos (todo 100% digital) poniéndolo en pie de igualdad
legal con el proceso actual de firma de puño y letra, y recetas en papel. Posteriormente
el paciente puede presentarse en un centro de diagnóstico por imágenes, un
laboratorio o una farmacia; el sistema de cualquiera de estos actores accede al
repositorio de CDAs identificándose por medio de la firma digital del
profesional/auxiliar y validando los permisos de acceso correspondientes, lee e
interpreta la indicación médica recupera los datos necesarios y continúa su proceso interno,
generando nuevos CDAs para las prácticas o determinaciones realizadas o
dispensas de medicamentos.
La
firma digital con los atributos que le fueron asignados al firmador (especialidad,
vigencia, etc.) que se aplican a estos documentos digitales son verificados online – ipso facto contra una autoridad certificante
que verifica que la misma esté vigente y no haya sido revocada, a su vez
también se le aplican los sellos de tiempo que garantizarán la plena validez
probatoria respecto a la fecha y hora de un documento digital firmado
digitalmente, o de cualquiera de las instancias de su ciclo de vida.
Estos
procesos se completan en cada etapa (cuando correspondiera su participación)
con las firma del paciente o un familiar del mismo, utilizando un dispositivo
PAD (tableta de firma) haciéndolos
completamente digital de punta a punta.
Es
fundamental la utilización de un estándar para la interoperabilidad entre los
sistemas de información de cualquier actor de la salud.
Los
CDAs (Clinical Document Architecture) son el elemento ideal para la firma
digital, ya que es un estándar de etiquetas de documento que especifica y
define la estructura (formato) y semántica (contenido interno de los datos) de
“documentos clínicos” con el propósito de permitir el intercambio entre los
proveedores de salud y los destinatarios del servicio, los pacientes.
Entre
sus características encontramos que además de ser procesado informáticamente
debe ser legible por un humano.
El marco argentino de
interoperabilidad en salud, con el soporte de Usuaria / Forum IT Salud permite a financiadores, prestadores,
desarrolladores de soft, integradores carriers, etc. tener un espacio de
discusión participativo y colaborativo para la definición de CDAs aplicables a distintos procesos
del cuidado de la salud.
Cómo
está definida la implementación de la FD:
Registro del Profesional mediante la Emisión de
Certificado Digital (Matricula)
Emisión de
Certificado de Atributos (Especialidad). Originalmente la ley hablaba de sellos de Competencia.
Certificado Digital generado por una autoridad
certificante. Firma Segura vía Web o por tarjeta inteligente o dispositivo
criptográfico.
Protección de documentos firmados digitalmente y
su guarda por HSM (módulo de seguridad por hardware).
Otras
leyes como: la del ejercicio de la medicina, odontología y actividades de
colaboración de las mismas, ley sobre derechos del paciente y consentimiento
informado, habeas data - protección de datos personales, farmacias,
reglamentaciones y decisiones administrativas.
Beneficios:
- OPTIMIZAR la gestión de la información logrando que la documentación obrante en salud que, procesada por vía electrónica, tenga el mismo valor legal que la firmada en papel de forma hológrafa y sellada manualmente por los profesionales.
- PROVEER Y RESGUARDAR el historial de todos los documentos firmados por el profesional en cada intervención que haya realizado.
- GARANTIZAR la Autenticidad de las Prescripciones y actuaciones tanto de los profesionales, como de sus Equipos de Salud, Centros de Diagnóstico y Farmacias ante requerimientos judiciales.
- ASEGURAR el pleno valor jurídico de las firmas digitales por intermedio del sellado confiable de tiempo y competencias.
- GENERAR Registros Médicos e Historias Clínicas prolijas y completas (reduciendo el conflicto
Reducción drástica de costos de almacenamiento y logística: Al utilizarse documentos digitales
se evitan las tareas de compilación, transporte, Indexación, almacenamiento y
recuperación de los documentos sanitarios con soporte en papel.
-
Cambio Cultural:Sabemos que no es fácil el cambio de escenario (papel a digital) donde todo el proceso de atención de los pacientes por parte de cualquier actor de la salud está soportado en papel, más allá de la informatización avanzada que existe hace años respecto a la historia clínica, autorizaciones en línea, etc. los prestadores siempre entregan las indicaciones, las recetas, los informes, etc. en papel a los pacientes, estos trasladan esos documentos a los centros donde deben realizarse las indicaciones prescriptas.Al cortísimo plazo, al generar los profesionales las indicaciones en forma digital y siéndoles aplicadas las FD requeridas y dispuestos estos documentos en un repositorio con acceso controlado para su utilización posterior por otros actores de la salud, hace que no sea necesaria la impresión de las indicaciones y/o recetas tal como se realiza actualmente; obviamente que al paciente se le seguirá indicando por ejemplo en la prescripción de medicamentos: la vía, la frecuencia, la potencia, es decir todo lo referente a la administración del medicamento. Lo estrictamente necesario para la dispensa está cubierto por la receta firmada digitalmente.Hasta hoy parece ficción pensar que un paciente se retire de un consultorio sin la receta que debe presentar en la farmacia, el tiempo lo irá clarificando.
Esquema Funcional:
Parafrasenado
a Gustavo Cerati, ícono del rock nacional:
“No me hablen de esperanzas vagas persigo realidad” hoy la firma digital
en los procesos de atención de la salud es una realidad.
Fernando La Rosa
HL7 Argentina
Felicitaciones por el articulo, la firma digital es fundamental para la despapelización del sector salud, es la única herramienta tecnológica que permite garantizar autoría y no adulteración de los documentos informáticos.
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